Peritajes de Acoso Laboral, Sexual y Discriminatorio
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¿Qué es un peritaje de acoso?
Un peritaje de acoso (también llamado peritaje psicológico o psicosocial de acoso) es un informe técnico elaborado por un/a profesional experto/a cuyo objetivo es analizar y valorar si una persona presenta indicadores compatibles con haber sufrido una situación de acoso (laboral, sexual, discriminatorio, etc.) y qué consecuencias psicológicas se derivan de ello.
Este peritaje o investigación se realiza dentro del marco del protocolo de prevención frente al acoso que exista en la organización y consiste en la realización de las partes involucradas (denunciante y persona denunciada), así como de testimonios que pueda haber por ambas partes y la revisión de pruebas físicas, para poder determinar si la situación denunciada coincide con un patrón de acoso en base lo establecido por la normativa y la documentación técnica existente.
El peritaje externo se utiliza cuando la valoración de los hechos requiere conocimientos científicos, técnicos o prácticos especializados, o bien la organización es demasiado pequeña y, por este motivo, realizar la investigación de manera interna no cumpliría las garantías de objetividad e imparcialidad necesarias en el procedimiento. La persona perita debe actuar con objetividad, independencia y rigor, y contar con la cualificación adecuada para la materia objeto de análisis.
No todo conflicto laboral es acoso
Un desacuerdo, una mala relación profesional, una decisión organizativa o un episodio aislado no constituyen automáticamente acoso laboral.
El INSST define el acoso psicológico en el trabajo como la exposición reiterada y prolongada a conductas de violencia psicológica dentro de una relación laboral y desde una posición de poder, que no tiene que ser necesariamente jerárquica.
En el acoso sexual no se exige necesariamente la misma reiteración. Deben analizarse la naturaleza de la conducta, su carácter no deseado y su capacidad para atentar contra la dignidad o crear un entorno intimidatorio, degradante u ofensivo.
¿Necesitas una valoración pericial ante una posible situación de acoso laboral, sexual o discriminatorio?
Servicios adaptados a la naturaleza de cada caso
Cada situación requiere delimitar las conductas analizadas, su contexto y los elementos relevantes para realizar una valoración técnica adecuada.
Peritaje de acoso laboral o mobbing
Analizamos posibles conductas de hostigamiento psicológico mantenidas en el entorno laboral.
Situaciones que pueden analizarse
- Aislamiento profesional.
- Descalificaciones reiteradas.
- Difusión de rumores.
- Asignación o retirada injustificada de funciones.
- Sobrecarga o vaciamiento de tareas.
- Amenazas o intimidación.
- Obstaculización continuada del trabajo.
- Trato humillante.
- Uso abusivo de una posición de poder.
Peritaje de acoso sexual
Analizamos conductas verbales, no verbales, físicas o digitales de naturaleza sexual que puedan haber atentado contra la dignidad de una persona.
El estudio puede comprender
- Comentarios o insinuaciones sexuales.
- Proposiciones no deseadas.
- Mensajes, imágenes o contenidos digitales.
- Contacto físico no consentido.
- Presiones o condicionamientos laborales.
- Conductas que generen un entorno intimidatorio, degradante u ofensivo.
Peritaje de acoso por razón de sexo
Estudiamos conductas relacionadas con el sexo de una persona que puedan haber atentado contra su dignidad o creado un entorno hostil.
Situaciones relacionadas
- Embarazo o maternidad.
- Conciliación y corresponsabilidad.
- Estereotipos de género.
- Trato degradante por razón de sexo.
- Descalificaciones relacionadas con funciones o roles tradicionalmente atribuidos a mujeres y hombres.
Peritaje de acoso discriminatorio
Analizamos posibles conductas de acoso vinculadas a características o circunstancias personales protegidas frente a la discriminación.
Delimitación del estudio
El objeto del estudio se delimita atendiendo a la característica o circunstancia personal relacionada con la posible discriminación.
El objeto del estudio se adapta al motivo alegado y a la normativa aplicable al caso.
Dos servicios con finalidades diferentes
Aunque ambos servicios pueden activarse ante una denuncia, se diferencian en quién asume la instrucción y en el alcance del apoyo técnico externo.
Investigación externa de una denuncia
Está dirigida a empresas y entidades que han recibido una queja o denuncia y necesitan activar su protocolo interno.
- Revisión de la denuncia.
- Definición del alcance.
- Entrevistas con las personas implicadas.
- Análisis de documentos y comunicaciones.
- Estudio del entorno y la organización del trabajo.
- Valoración de las conductas.
- Elaboración de conclusiones.
- Propuesta de medidas preventivas o correctoras.
Asesoramiento a la comisión instructora
Servicio dirigido a empresas que cuentan con una comisión o persona instructora interna para investigar denuncias de acoso, conductas inadecuadas o incumplimientos disciplinarios y necesitan apoyo técnico-jurídico externo.
La empresa mantiene la titularidad y la responsabilidad de la instrucción: su comisión aplica el protocolo, dirige el procedimiento y adopta la decisión final.
El equipo de Amaltea acompaña y asesora durante todo el proceso, sin sustituir a la comisión en la toma de decisiones.
Fase previa / admisión de la denuncia
- Revisión del encaje de la denuncia en el protocolo aplicable: acoso, Ley SAC, canal de denuncias u otros.
- Asesoramiento sobre posibles medidas cautelares.
- Comprobación de plazos y garantías procedimentales.
Diseño del plan de instrucción
- Definición del guion de entrevistas para denunciante, persona denunciada y testigos.
- Identificación de la documentación y pruebas que deben solicitarse.
- Planificación del calendario del procedimiento.
Durante las entrevistas
- Asistencia como asesoría técnica durante las entrevistas, cuando resulte necesario.
- Apoyo en la formulación de preguntas adecuadas, evitando sesgos y victimización secundaria.
- Revisión de actas para reforzar su rigor y neutralidad.
Valoración de la prueba
- Apoyo en el análisis de indicios, evidencias y elementos probatorios.
- Asesoramiento sobre el estándar probatorio aplicable.
Informe final y resolución
- Revisión o co-redacción del informe de conclusiones de la comisión.
- Asesoramiento sobre las medidas disciplinarias, organizativas o preventivas que puedan proponerse.
Post-resolución
- Apoyo ante un recurso interno, una actuación de la Inspección de Trabajo o un eventual litigio.
Investigación externa y asesoramiento a la comisión no son equivalentes
Amaltea asume la investigación y desarrolla las actuaciones necesarias para tramitar la denuncia y elaborar sus conclusiones.
La comisión interna mantiene la titularidad de la instrucción y la decisión final, mientras Amaltea aporta apoyo técnico-jurídico durante todo el proceso.
Un proceso riguroso y adaptado a cada situación
Cada intervención se organiza de forma progresiva, desde la valoración inicial del caso hasta la elaboración y, cuando proceda, la ratificación del informe.
Valoración inicial
Analizamos el objeto del encargo, la documentación disponible, las personas implicadas y la finalidad del informe.
Esta primera revisión permite determinar:
- Qué tipo de intervención resulta adecuada.
- Qué perfiles profesionales deben participar.
- Qué información será necesaria.
- Si existen limitaciones que deban tenerse en cuenta.
Entrevistas
Realizamos entrevistas estructuradas o semiestructuradas para reconstruir los hechos, su contexto y su evolución.
Cuando se trata de una investigación externa, se escucha a las diferentes personas implicadas y se respetan sus garantías durante todo el procedimiento.
Análisis documental
Revisamos la documentación pertinente y obtenida legítimamente, que puede incluir:
- Correos electrónicos.
- Mensajes y comunicaciones.
- Protocolos internos.
- Organigramas y descripciones de puestos.
- Evaluaciones de riesgos.
- Partes de baja o documentación clínica aportada.
- Denuncias o comunicaciones anteriores.
- Expedientes internos.
- Registros y otras evidencias relacionadas con los hechos.
Instrumentos de evaluación
Cuando el objeto del informe lo requiere, pueden utilizarse herramientas psicométricas o instrumentos técnicos validados.
Su selección dependerá de:
- La finalidad de la evaluación.
- La persona o entorno analizado.
- La disciplina profesional.
- La fiabilidad y validez del instrumento.
- Las limitaciones del caso.
Valoración de la situación de acoso
Contrastamos las diferentes fuentes de información y analizamos si, con la información recogida, existe evidencia suficiente de una situación de acoso. El informe debe exponer de manera clara el criterio que se ha utilizado para la determinación de la existencia o inexistencia de la situación de acoso, en base a los datos que se hayan podido recoger.
El informe debe exponer tanto los elementos que apoyan las conclusiones como las limitaciones o datos que no han podido verificarse.
Elaboración del informe
El documento puede incluir:
- Determinación de la Comisión/Persona Instructora.
- Situaciones denunciadas y antecedentes.
- Diligencias practicadas.
- Revisión de pruebas.
- Análisis del caso.
- Conclusiones.
- Recomendaciones correctoras y/o preventivas.
Ratificación judicial
Cuando se haya contratado y resulte necesaria, la persona perita ratifica el informe y explica sus conclusiones ante el juzgado o tribunal.
Un servicio adaptado a diferentes organizaciones y profesionales
Empresas y entidades
Prestamos apoyo cuando se activa un protocolo interno o se necesita una investigación externa que aporte independencia y especialización.
El servicio puede resultar útil cuando:
- La organización carece de personal especializado.
- Las personas instructoras pueden encontrarse en una situación de conflicto de intereses.
- El caso presenta una especial complejidad.
- Existen versiones contradictorias.
- Es necesario analizar abundante documentación.
- La denuncia afecta a personal directivo.
- Puede derivarse un procedimiento judicial.
Administraciones y otras organizaciones
Adaptamos la intervención a los procedimientos, normativa y estructura de cada entidad, manteniendo la independencia y la confidencialidad del proceso.
Ajustado a la organización y a sus mecanismos internos.
Adaptado al marco aplicable a cada entidad.
Valoración técnica externa y libre de interferencias.
Protección de la información durante todo el proceso.
Especialistas en igualdad, normativa y acompañamiento empresarial
En Amaltea combinamos conocimiento técnico, cercanía y experiencia para ayudarte a cumplir la normativa.
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Soluciones adaptadas
Preguntas frecuentes sobre peritajes e investigaciones
Resolvemos algunas dudas habituales sobre el alcance, la metodología y la finalidad de estos servicios.
¿Quién puede solicitar estos servicios?
Pueden solicitarlos empresas, entidades, administraciones o una de las partes de un procedimiento.
En los supuestos legalmente previstos, el informe pericial también puede ser solicitado por el órgano judicial.
¿Qué documentación puede analizarse?
Se revisa la documentación pertinente y obtenida legítimamente.
Puede comprender correos electrónicos, mensajes, protocolos internos, organigramas, descripciones de puestos, evaluaciones de riesgos, expedientes, denuncias anteriores, registros y otras evidencias relacionadas con los hechos.
¿Cómo se realizan las entrevistas?
Pueden realizarse mediante entrevistas estructuradas o semiestructuradas.
Su finalidad es reconstruir los hechos, conocer su contexto y analizar su evolución. En una investigación externa se escucha a las diferentes personas implicadas y se respetan sus garantías durante todo el procedimiento.
¿Se utilizan instrumentos psicométricos en todos los casos?
No.
Se utilizan cuando el objeto del informe lo requiere y siempre atendiendo a la finalidad de la evaluación, la persona o entorno analizado, la disciplina profesional y la fiabilidad y validez del instrumento.
Sus resultados se interpretan junto con las entrevistas, la documentación y el resto de la información disponible.
¿Qué garantías debe respetar una investigación externa?
El procedimiento debe respetar la confidencialidad, la intimidad y la dignidad de las personas.
¿La investigación externa sustituye las decisiones de la empresa?
No.
La investigación aporta independencia, especialización, análisis y conclusiones, pero la organización continúa siendo responsable de adoptar las decisiones y medidas que correspondan.
¿Es siempre necesaria la ratificación judicial?
No en todos los encargos.
Cuando se haya contratado y resulte necesaria, la persona perita presenta y ratifica el informe ante el juzgado o tribunal, responde a las preguntas de las partes y explica la metodología y las conclusiones alcanzadas.
¿Cuándo puede resultar recomendable externalizar la investigación?
Puede ser útil cuando la organización carece de personal especializado o existe un posible conflicto de intereses.
También cuando el caso es especialmente complejo, existen versiones contradictorias, debe analizarse abundante documentación, la denuncia afecta a personal directivo o puede derivarse un procedimiento judicial.
Artículos sobre Igualdad

Ley Integral 15/2022 para la Igualdad de trato y no discriminación


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